Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 55
55 / 131En vigor desde 1 ene 2016
1. El ayuntamiento someterá el expediente a información pública mediante la inserción de un anuncio en el tablón de edictos y publicación en la página web del ayuntamiento por un plazo no inferior a 20 días, para que las personas físicas o jurídicas, asociaciones vecinales y quienes lo consideren conveniente, formulen las alegaciones que estimen oportunas.
2. Asimismo, a los vecinos colindantes al lugar donde se haya de emplazar la actividad, se les dirigirá notificación personal en la que se les indicará el lugar en el que tendrán a su disposición el expediente completo, concediéndose un plazo no inferior a diez días, para consulta y formulación de las alegaciones que consideren pertinentes.
3. Se exceptúan de estos trámites los datos que gocen de confidencialidad.
Se modifica el apartado 1 por el de la Ley 10/2015, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-1205 .
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2014/07/25/6#art-55