Art. 103
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. 103

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En vigor desde 20 ago 2014
Será pública la acción para exigir ante los órganos administrativos y los tribunales la observancia de lo establecido en esta ley y en las disposiciones que se dicten en su desarrollo y aplicación.
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eli/es-vc/l/2014/07/25/6#art-103