Título TÍTULO PRELIMINAR›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 131En vigor desde 20 ago 2014
La presente ley tiene por objeto establecer el régimen jurídico al que se someten las actividades incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley en función de su potencial incidencia ambiental.
Se consideran actividades con incidencia ambiental aquéllas susceptibles de producir molestias, alterar las condiciones de salubridad del medio ambiente u ocasionar riesgos o daños a las personas o al medio ambiente.
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Proeli/es-vc/l/2014/07/25/6#art-1