Art. Disposición adicional séptima
Título TÍTULO VII

Art. Disposición adicional séptima

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En vigor desde 1 sept 2014
En el tratamiento de datos, en el ámbito del sistema educativo es aplicable la normativa de protección de datos de carácter personal, debiendo adoptarse las medidas necesarias para garantizar su seguridad y confidencialidad. La administración educativa debe favorecer la transmisión de los principios, derechos y medidas de seguridad básicas en relación con la protección de datos.
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