Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 51
51 / 102En vigor desde 1 sept 2014
El Gobierno de Canarias regulará la admisión del alumnado en centros públicos y privados concertados, de tal forma que se garantice el derecho a la educación y el acceso en condiciones de igualdad. En todo caso, se atenderá a una adecuada y equilibrada distribución entre los centros escolares de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo.
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Proeli/es-cn/l/2014/07/25/6#art-51