Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 22
22 / 102En vigor desde 1 sept 2014
La consejería competente en materia educativa promoverá la cooperación entre los centros y servicios educativos, tanto autonómica como estatal e internacional. A tal fin regulará reglamentariamente las condiciones que deben satisfacer los centros.
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Proeli/es-cn/l/2014/07/25/6#art-22