Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 12
12 / 102En vigor desde 1 sept 2014
1. La gestión pública de un centro supone el compromiso de todos los sectores representados en el Consejo Escolar con el proyecto educativo del centro. Los instrumentos que hacen efectiva la gestión pública del centro son el Proyecto Educativo, la Programación Anual y los que reglamentariamente se determinen.
2. De acuerdo con lo que reglamentariamente se determine, las familias podrán suscribir con los centros docentes un compromiso educativo para favorecer el éxito y la calidad en la enseñanza de sus hijos, fortalecer la convivencia escolar y propiciar su colaboración con el profesorado, entre otros objetivos.
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Proeli/es-cn/l/2014/07/25/6#art-12