Título TÍTULO XII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 100
100 / 155En vigor desde 3 dic 2013
Este título tiene por objeto regular el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de pesca marítima, pesca recreativa, marisqueo, acuicultura, ordenación del sector pesquero y de la actividad comercial de los productos de la pesca, y de las actividades subacuáticas profesionales en el ámbito de las competencias de las Illes Balears.
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Proeli/es-ib/l/2013/11/07/6#art-100