Art. 64
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Organización y funcionamiento del Consejo Gallego de Universidades

Art. 64

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En vigor desde 4 jul 2013
El Consejo Gallego de Universidades elaborará su reglamento interno. Dicho reglamento interno y las modificaciones del mismo habrán de ser adoptados por decreto del Consejo de la Xunta.
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