Art. 15
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 15

16 / 80
En vigor desde 9 ago 2012
La Xunta de Galicia potenciará la movilidad entre la juventud gallega, desarrollando programas para la realización de estudios, cursos y actividades en otras comunidades autónomas, la Unión Europea y otros países, con el objetivo de potenciar el conocimiento de la diversidad y riqueza cultural, lo que contribuirá a su formación y posterior inserción laboral.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2012/06/19/6#art-15