Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final primera
27 / 29En vigor desde 12 nov 2009
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.
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Proeli/es-mc/l/2009/10/09/6#disposicion-final-primera