Título TÍTULO III
Art. Disposición adicional sexta
32 / 41En vigor desde 13 may 2009
Se modifica la rúbrica de la sección 2.ª del capítulo VIII del título III del texto refundido de las Leyes de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, que queda redactada en los siguientes términos:
«Sección 2.ª Deberes de conservación de las edificaciones, de las superficies de cultivo limítrofes con las superficies forestales arboladas y declaraciones de ruina.»
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Proeli/es-cn/l/2009/05/06/6#disposicion-adicional-sexta