Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 20 ene 2010
Uno. Queda derogada la letra e) del apartado 2 del artículo 11 de la Ley 12/2002, de 27 de junio, reguladora del Ciclo integral del agua de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, respecto de las funciones del Consejo de Administración de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha. Dos. Igualmente quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo regulado por esta Ley.
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