Art. Disposición derogatoria única
Título TÍTULO VI

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 22 dic 2009
Quedan expresamente derogadas la Ley 3/1986, de 24 de mayo, de la Extremeñidad, y el Decreto 82/1994, de 31 de mayo, de Organización y funcionamiento del Consejo de Comunidades Extremeñas y del Registro de Asociaciones de la Emigración Extremeña. Asimismo, quedan también derogadas cualesquiera otras disposiciones, de igual o inferior rango, en cuanto contradigan lo dispuesto en la presente Ley.
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