Art. 1
Título TÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 22 dic 2009
1. La presente Ley tiene por objeto la regulación de la promoción, la coordinación y el fortalecimiento de las relaciones de la Comunidad de Extremadura, su sociedad civil y sus instituciones, con las personas, comunidades y entidades extremeñas, de acuerdo con los contenidos de la Ley. 2. Esta Ley será de aplicación a los extremeños en el exterior, a las comunidades extremeñas y a sus federaciones, así como a sus miembros, a los extremeños retornados, a los colectivos extremeños de emigrantes retornados y a los extremeños en el mundo.
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