Art. 61
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO V

Art. 61

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En vigor desde 13 feb 2009
Se crea un Consejo de enseñanzas de Régimen Especial, adscrito a la Consejería de Educación, que será el órgano consultivo y de participación en los aspectos relativos a estas enseñanzas.
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