Art. 151
Título TÍTULO VIII

Art. 151

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En vigor desde 13 feb 2009
1. El Gobierno de Cantabria presentará periódicamente al Parlamento de Cantabria un informe sobre los principales indicadores del sistema educativo cántabro, las conclusiones de los resultados de las evaluaciones educativas y las recomendaciones planteadas a partir de ellas. 2. La Consejería de Educación publicará periódicamente las conclusiones de interés general de las evaluaciones efectuadas por los organismos responsables de la evaluación y dará a conocer los principales indicadores del sistema educativo cántabro.
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eli/es-cb/l/2008/12/26/6#art-151