Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición final primera
25 / 27En vigor desde 5 jul 2007
Se autoriza al Consejo de Gobierno a dictar las disposiciones necesarias para la ejecución y desarrollo de la presente Ley.
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Proeli/es-an/l/2007/06/26/6#disposicion-final-primera