Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Órganos de gobierno
Art. 14
14 / 22En vigor desde 17 may 2007
1. La Directora o Director del Instituto de Estudios del Territorio será nombrado por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta del Consejero o Consejera competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio.
2. Corresponde a la Directora o Director del Instituto de Estudios del Territorio:
a) La representación ordinaria del Instituto.
b) La dirección e impulso de la actividad del Instituto.
c) La ejecución de los acuerdos del Consejo Rector.
d) La gestión económica del Instituto.
e) La dirección de los servicios administrativos y la Jefatura del Personal del Instituto.
f) El ejercicio de las competencias que, correspondiendo al Instituto de Estudios del Territorio, no se encuentren atribuidas legal o reglamentariamente a otro órgano del mismo.
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Proeli/es-ga/l/2007/05/11/6#art-14