Art. 3
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

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En vigor desde 16 sept 2006
Esta Ley tiene como finalidades: a) La eficiencia y ahorro energético de los sistemas de iluminación, sin mengua de la seguridad. b) La protección del entorno frente a las intrusiones y molestias lumínicas. c) La preservación del medio natural durante las horas nocturnas. d) La defensa del paisaje y la garantía, en lo posible, de la visión nocturna del cielo.
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eli/es-cb/l/2006/06/09/6#art-3