Art. 3
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 3

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En vigor desde 27 nov 2006
El Consejo de Gobierno es el órgano superior colegiado que ostenta y ejerce las funciones ejecutivas y administrativas de la Junta de Andalucía. A tal fin, le corresponde la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria de acuerdo con el Estatuto de Autonomía y con la ley.
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eli/es-an/l/2006/10/24/6#art-3