Art. 17
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 17

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En vigor desde 27 nov 2006
De acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Autonomía, la responsabilidad civil y penal del Presidente o de la Presidenta de la Junta de Andalucía será exigible ante la Sala correspondiente del Tribunal Supremo.
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eli/es-an/l/2006/10/24/6#art-17