Título TÍTULO III
Art. 26
26 / 28En vigor desde 1 ene 2006
El Centro Extremeño de Estudios para la Paz contará para el desarrollo de sus actividades con la colaboración y los medios que pongan a su disposición las distintas Consejerías en la forma que se determine reglamentariamente.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/l/2005/12/27/6#art-26