Título TÍTULO II
Art. 8
8 / 31En vigor desde 22 jul 2005
1. Para hacer partícipes a los miembros de la Comunidad Riojana en el Exterior, de la realidad de La Rioja, el Gobierno de La Rioja en el marco de sus competencias:
a) Promoverá intercambios de tipo educativo, cultural y económico dirigidos a los miembros de la Comunidad Riojana en el Exterior, en especial a los más jóvenes y a las personas de la tercera edad, mediante la adopción de programas específicos como viajes culturales, becas de estudios, colonias de vacaciones y estancias de conocimiento o regreso temporal a La Rioja.
b) Fomentará la organización de actividades de carácter didáctico y divulgativo, cursos y programas audiovisuales e informáticos, que faciliten el conocimiento entre los miembros de la Comunidad Riojana en el Exterior, de la cultura, la historia, las costumbres, la economía y en definitiva la realidad riojana.
c) Informará respecto a los requisitos necesarios para la homologación y convalidación de títulos y estudios oficiales universitarios y no universitarios del país que corresponda con los títulos y estudios oficiales del Estado español, de acuerdo con la normativa vigente.
d) Facilitará a los estudiantes de la Comunidad Riojana en el Exterior la continuación o finalización de sus estudios en La Rioja.
e) Prestará su apoyo al conocimiento y difusión en el territorio riojano de la realidad de la Comunidad Riojana en el Exterior a través de los diversos medios de información y comunicación existentes.
f) Prestará, cuando así le sea solicitado, asesoramiento técnico y jurídico para la creación de empresas en La Rioja.
g) Formalizará convenios con otras Administraciones Públicas y empresas de ámbito estatal para facilitar la movilidad geográfica a La Rioja de funcionarios y trabajadores miembros de la Comunidad Riojana en el Exterior, de acuerdo con la normativa vigente.
h) Podrá adoptar cualquier otra medida que se considere conveniente.
2. Las prestaciones expresadas en el apartado 1 de este artículo se instrumentalizarán preferentemente, cuando así sea posible, a través de los Centros Riojanos, procurando y favoreciendo de dotarles de los medios adecuados para ello.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2005/06/15/6#art-8