Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 13
13 / 31En vigor desde 22 jul 2005
Los Centros Riojanos asumen las siguientes obligaciones:
a) Colaborar en las actividades de difusión en La Rioja de la situación de la Comunidad Riojana en el Exterior a través de los medios de información y comunicación existentes.
b) Participar activamente en cuantos programas, misiones y delegaciones que sean organizados por las instituciones riojanas en el ámbito territorial donde estén ubicadas, así como en las distintas formas de manifestación de la vida social, cultural y económica riojana.
c) Difundir entre sus miembros la información que reciben del Gobierno de La Rioja.
d) Colaborar y promover la participación de sus miembros en las actividades que promueva el Gobierno de La Rioja.
e) Contribuir activamente a la proyección exterior de La Rioja.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2005/06/15/6#art-13