Título TÍTULO I
Art. 1
1 / 31En vigor desde 22 jul 2005
1. La presente Ley tiene por objeto la regulación de las relaciones del Gobierno de La Rioja, de la sociedad riojana y sus instituciones con la Comunidad Riojana en el Exterior, para atender sus inquietudes e incluir de una forma activa sus aportaciones en la dinámica de nuestra Comunidad Autónoma.
2. La Comunidad Riojana en el Exterior la componen, a título individual, las personas físicas a las que se refiere el Título II de la presente Ley, y a título colectivo, las entidades reguladas en su Título III y que residen fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
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Proeli/es-ri/l/2005/06/15/6#art-1