Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 42
42 / 60En vigor desde 19 ene 2005
El impulso de la acción política del Consejo de Gobierno por la Asamblea Regional también podrá ser ejercido a través de los restantes procedimientos establecidos en el Reglamento de la Cámara.
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Proeli/es-mc/l/2004/12/28/6#art-42