Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 2.a Otro personal de dirección
Art. 69
72 / 120En vigor desde 12 nov 2004
Estará sujeto a lo dispuesto en la presente Sección el personal vinculado a la Caja de Ahorros por una relación laboral especial de alta dirección que, no siendo Director General o asimilado, ejerza poderes inherentes a la titularidad jurídica de la empresa relativos a los intereses generales de la misma con autonomía y plena responsabilidad, ya sea bajo la dependencia directa del Consejo de Administración o de Órganos o personas con funciones delegadas del mismo, o del Director General o asimilado.
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Proeli/es-ri/l/2004/10/18/6#art-69