Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.a Naturaleza y composición
Art. 43
43 / 120En vigor desde 20 dic 2010
Los Estatutos de cada Caja de Ahorros fijarán el número de miembros de la Asamblea General, que estará constituida por un mínimo de cien y un máximo de ciento veinte Consejeros Generales que representarán a los siguientes grupos:
a) Impositores.
b) Corporaciones Municipales.
c) Personas o entidades fundadoras de la Caja.
d) Empleados de la Caja de Ahorros.
e) Entidades representativas de intereses colectivos en el ámbito de actuación de una Caja o de reconocido arraigo en el mismo.
Se añade la letra e) por el .12 de la Ley 10/2010, de 16 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-469
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2004/10/18/6#art-43