Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Tasa por servicios administrativos
Art. 25
27 / 69En vigor desde 12 dic 2003
La tasa se exigirá con arreglo a tarifas relacionadas en el anexo 1 de la presente ley.
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Proeli/es-ga/l/2003/12/09/6#art-25