Título TÍTULO II
Art. Disposición transitoria segunda
20 / 23En vigor desde 23 abr 2003
El Consejo Social de la Universidad de La Rioja, en el plazo máximo de tres meses desde su constitución, elaborará y elevará para su aprobación su Reglamento de Organización y Funcionamiento.
En tanto no se produzca la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funcionamiento, mantendrá su vigencia el actual en cuanto no se oponga a lo dispuesto en esta Ley.
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Proeli/es-ri/l/2003/03/26/6#disposicion-transitoria-segunda