Art. Disposición final segunda
Título TÍTULO IV

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 29 jul 2002
En el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Ley, el Consejo de Gobierno remitirá a la Asamblea Regional de Murcia el proyecto de Ley del Plan de Estadística de la Región de Murcia.
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