Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final primera
78 / 79En vigor desde 1 oct 2002
Se faculta al Consejo de Gobierno para actualizar la cuantía de las multas establecidas en la presente Ley, de acuerdo con la evolución del índice de precios al consumo.
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Proeli/es-as/l/2002/06/18/6#disposicion-final-primera