Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 35
35 / 88En vigor desde 20 abr 2002
1. Los centros hospitalarios del Sistema de Salud de Aragón tendrán como órganos de participación:
a) Las comisiones de participación hospitalaria.
b) Las comisiones de bienestar social.
2. La composición y funciones de estos órganos se establecerán reglamentariamente.
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Proeli/es-ar/l/2002/04/15/6#art-35