Art. 52
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Los órganos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Art. 52

52 / 173
En vigor desde 18 ene 2003
1. La Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria se organiza en Consejerías atendiendo al principio de división funcional, correspondiendo a cada una de ellas el desarrollo de uno o varios sectores funcionalmente homogéneos de actividad administrativa. 2. El número, creación, denominación, modificación y supresión de Consejerías se acordará por decreto del Presidente del Gobierno, produciéndose la comunicación inmediata de los mismos al Parlamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cb/l/2002/12/10/6#art-52