Art. 49
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Principios generales de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Art. 49

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En vigor desde 18 ene 2003
La Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, constituida por órganos jerárquicamente ordenados, actúa, para el cumplimiento de sus fines, con personalidad jurídica única.
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