Art. 16
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Naturaleza y composición

Art. 16

16 / 173
En vigor desde 18 ene 2003
1. El Gobierno es el órgano colegiado que dirige la acción política y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. 2. A tal fin, ejerce la función ejecutiva, la potestad reglamentaria y la iniciativa legislativa de conformidad con la Constitución, el Estatuto de Autonomía y las leyes. 3. El Gobierno, bajo la dirección de su Presidente, establece la política general y coordina la actividad de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cb/l/2002/12/10/6#art-16