Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final primera

33 / 39
En vigor desde 12 sept 2001
El Departamento de Medio Ambiente ha de promover campañas de difusión y concienciación ciudadana en relación con la problemática que conlleva la contaminación lumínica.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2001/05/31/6#disposicion-final-primera