Art. Disposición adicional cuarta
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 12 sept 2001
Los Ayuntamientos pueden delegar en los consejos comarcales la zonificación del término municipal a que les autoriza el artículo 5.3, en los términos que establece la normativa sobre régimen local.
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eli/es-ct/l/2001/05/31/6#disposicion-adicional-cuarta