Art. 4
4 / 10En vigor desde 13 ene 2002
El Colegio Profesional de Logopedas de la Región de Murcia se relacionará con la Consejería competente en materia de Colegios Profesionales para las cuestiones institucionales y corporativas, y con la Consejería competente en materia de sanidad en lo relativo a los contenidos de la profesión o con aquel departamento de la Administración Regional que determine el Consejo de Gobierno.
Tus anotaciones
ProBORM-s-2002-90001#art-4