Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 42
44 / 112En vigor desde 24 jun 2001
La Comunidad Autónoma puede adquirir por prescripción bienes y derechos, de acuerdo con las normas del Derecho civil.
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Proeli/es-ib/l/2001/04/11/6#art-42