Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 7
7 / 66En vigor desde 30 jul 1999
1. El Sistema Andaluz de Servicios Sociales engloba a los servicios y centros de atención a las personas mayores de titularidad tanto pública como privada.
2. Se garantizará la adecuada prestación de servicios, tanto comunitarios como especializados, a las personas mayores, en el ámbito de los servicios y centros de servicios sociales, de titularidad pública y privada.
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Proeli/es-an/l/1999/07/07/6#art-7