Título TÍTULO VIII
Art. 36
36 / 66En vigor desde 30 jul 1999
Se fomentará la práctica del turismo social y cultural entre las personas mayores mediante la organización de programas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/1999/07/07/6#art-36