Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 60
60 / 132En vigor desde 29 jun 2014
1. El Plan director sectorial de movilidad de las Illes Balears (PDSMIB) constituye el marco orientador para la ordenación de la movilidad y de los servicios y las infraestructuras del transporte, de acuerdo con los principios y los objetivos de movilidad establecidos en la Ley de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears y demás normativa sectorial vigente.
2. El ámbito de aplicación del Plan director sectorial de movilidad de las Illes Balears es la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Se modifica por la disposición final 2.1 de la Ley 4/2014, de 20 de junio. Ref. BOE-A-2014-7536 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/1999/04/03/6#art-60