Art. 20
Título TÍTULO IV

Art. 20

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En vigor desde 17 may 1999
La provisión de los puestos de la máxima categoría en los Cuerpos de Policía Local se realizará indistintamente mediante turno libre, promoción interna o movilidad, utilizando, en cada caso, el siguiente proceso selectivo: a) Turno libre: Oposición o concurso-oposición. b) Promoción interna: Concurso-oposición. c) Movilidad: Concurso.
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eli/es-vc/l/1999/04/19/6#art-20