Art. 18
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 18

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En vigor desde 16 dic 1998
1. El Consejo Escolar de la Región de Murcia funcionará en Pleno y en Comisiones. 2. Las normas de funcionamiento del Pleno y de las Comisiones se establecerán reglamentariamente.
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eli/es-mc/l/1998/11/30/6#art-18