Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección II. Procedimiento electoral
Art. 21
21 / 34En vigor desde 3 jun 1998
Para garantizar la transparencia y objetividad del proceso electoral, así como la aplicación efectiva del principio de igualdad, se establece la Administración Electoral, que estará formada por:
a) La Junta Electoral.
b) Las Mesas Electorales.
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Proeli/es-md/l/1998/05/28/6#art-21