Art. Disposición adicional cuarta
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 21 abr 1998
Las disposiciones de esta ley referidas al procedimiento y a aspectos sustantivos generales del Derecho administrativo sancionador se aplicarán en la medida que sean compatibles con las normas que pueda dictar el Parlamento Vasco en esta materia.
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