Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final tercera
71 / 73En vigor desde 16 ago 1997
La Comisión de Coordinación de Policías Locales se constituirá en el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la presente Ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cn/l/1997/07/04/6#disposicion-final-tercera