Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 33
33 / 65En vigor desde 13 nov 1997
1. El Consejo Asesor Regional de Drogodependencias, adscrito a la Consejería de Sanidad y Política Social, a través del órgano que tenga atribuida la competencia de planificación sanitaria, será el máximo órgano de participación y consulta en materia de drogas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
2. Su composición y funciones se establecerán mediante Decreto, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 35.2 de esta Ley.
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Proeli/es-mc/l/1997/10/22/6#art-33